FLORENCIA ROMANO
Por Valeria Caroglio
14 AÑOS, ASESINADA EN MENDOZA, DICIEMBRE 2020: algunas reflexiones sobre la seguridad y la justicia provincial.
El asesinato de Florencia Romano nos dejó consternadxs. Otro golpe brutal de este 2020.
Pero no puede tomarnos desprevenidos: desde el 2015, en Mendoza han sucedido 58 femicidios, 1 cada 37 días[1].
Según datos del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), nuestra provincia es la segunda en cantidad de víctimas de violación en el país: entre 2016 y 2018 los casos crecieron de 234 a 367. Registra más casos denunciados que Córdoba (206) y Santa Fe (257). También es la provincia del país con más víctimas de otros delitos contra la integridad sexual.
Tristemente alcanzamos el podio.
En nuestro país, entre el 2008 y el 2019, se produjeron 3251 femicidios, transfemicidios/travesticidios y femicidios vinculados de mujeres y niñas -299 en el 2019-[2]
El femicidio es la forma más extrema de violencia de género. La característica principal de este delito está en que es cometido por un varón hacia una mujer, por razones asociadas a su género, es decir, por el simple hecho de ser mujer y señala el carácter social y generalizado de la violencia basada en la inequidad del género. Los femicidios son crímenes de odio hacia las mujeres donde los varones que asesinan se imponen por la fuerza física y paulatinamente van minando las vidas de las mujeres a las que quieren someter. Es un proceso de violencia de género que muchas veces lleva un cierto tiempo e involucra los diferentes tipos de violencia (física, verbal, psicológica, patrimonial, emocional).
Por todo esto, entendemos que la problemática de género debe ser una prioridad en las políticas públicas. Debe ser parte de todo programa de gobierno.
Un Estado donde la perspectiva de género sea transversal a todas sus políticas debe dar prioridad a la prevención de los delitos de violencia de género. En el caso de Florencia Romano: ¿por qué desestimaron la llamada al 911 del sábado 12 de diciembre? ¿Por qué no estuvo la policía donde se la necesitaba?
No es posible alegar que los problemas de seguridad se solucionan con más policías en la calle: la dotación policial en Mendoza es aproximadamente de 480 agentes cada 100 mil habitantes, bastante mayor que la recomendada por la ONU -300 policías cada 100 mil habitantes-. A estos agentes deben sumarse los preventores distribuidos en los distintos Departamentos -1086 según datos del 2016-que trabajan colaborativamente con la policía provincial.
No podemos dejar de preguntarnos por qué la policía no acudió al pedido de auxilio. Más si recordamos que esa misma policía ha tenido una fuerte presencia en todas las marchas y manifestaciones provinciales -como en la represión de la marcha al consulado chileno del 19 de octubre de 2019 o en la represión de diciembre de ese año en la "marcha del agua"-. En esas ocasiones, no falta nunca. Desde la aprobación del Código Contravencional parece haber más presencia represiva y un descuido de la prevención, como en el caso del llamado al 911.
Evidentemente, los delitos contra la mujer no son prioridad para la fuerza policial estatal.
Tampoco parecen serlo para la justicia.
Ayer, los funcionarios judiciales responsables de la investigación de Florencia, apelaron más de una vez a la responsabilidad de lxs padres en relación al cuidado de sus hijxs frente a las redes sociales.
El tema es qué hace la justicia si lxs padres e hijxs denuncian situaciones abusivas en las redes sociales.
Cuando una adolescente o una mujer es acosada a través de las redes, recurre a la justicia para denunciarlo. Pero el acoso cibernético para mayores no es delito. Sólo tienen obligación de tomar una denuncia cuando lxs acosadxs son menores, porque eso es grooming. Pero aún en ese delito tipificado, la justicia no avanza en su proceso y resolución. A modo ilustrativo podemos comentar un caso de acoso telefónico, en el que la Fiscalía alegó que el teléfono del cual se comunicaba el acosador podía no pertenecer al denunciado y haber sido robado. Y cerró el caso sin siquiera llamar a declarar al denunciado una vez. Basta imaginar la situación de vulnerabilidad en la que quedó la víctima después de denunciar y no tener ninguna protección contra el acosador.
Tampoco hay avances en las causas de niñas abusadas sexualmente. En Mendoza hay causas desde el 2017 en las que aún no se realiza la Cámara Gessell; causas que alcanzan la instancia de elevación a juicio pero ese paso no se concreta nunca. Distintas organizaciones sociales, de mujeres, de DDHH y observatorios de género coinciden en señalar que la despreocupación y la apatía hacia las causas que involucran delitos contra niñas y adolescentes en la justicia provincial es alarmante.
La situación del principal imputado en el crimen de Florencia Romano es un claro ejemplo de esa desidia judicial. ¿Cuántos años puede durar un proceso? ¿Por qué no hay una sentencia a tiempo para un acusado de privación de la libertad, sabiendo que es una amenaza social?¿Qué reparación hubo para las otras víctimas?
Muchas contradicciones en una sociedad que pide la baja de imputabilidad con tanta facilidad, pero poco pide en relación a la celeridad de los procesos judiciales.
Demasiados indicios señalan que la justicia es patriarcal. La justicia es patriarcal cuando quienes tienen el deber de velar por la ciudadanía son parciales en su forma de entender las normas o de dictar sentencias y éstas aparecen marcadamente atravesadas por relaciones de poder en razón del género. Se trata de una justicia que habla un lenguaje judicial sexista y cosificante para las mujeres y las diversidades sexuales, misógina y homofóbica en sus sentencias, cómplice de abusadores en cargos políticos, una justicia clasista y machista cuyas máximas jerarquías son mayoritariamente varones juzgando sin perspectiva de género ni formación específica, que en muchos casos parecen juzgar más a la víctima que al acusado.Para que la justicia sea una justicia con enfoque de género, las decisiones judiciales deben tener en cuenta factores sociales, culturales, económicos y étnicos a fin de garantizar la aplicación práctica de los principios de igualdad y de no discriminación por razones de género.
El funcionamiento eficaz de defensorías de género en todo el territorio provincial, la implementación de juicios por jurados; la revisión de las penas para violadores y femicidas; plazos judiciales perentorios para causas por abusos sexuales; jueces, personal judicial y policías que apliquen en los procesos y sentencias perspectiva de género, pueden ser algunas de las medidas que un Estado garante de la seguridad pública debería analizar e implementar para terminar con los femicidios, para mostrar que no hay impunidad para quienes acosan, abusan y matan a nuestras hijas, hermanas y compañeras.
No hay más tiempo.
[1]Elsa Carmona; Norma Ríos; Daniela Núñez; Rosa Pérez; María JoseConí; Marina Menegazzo; Elsa Torfe; Trinidad Rodríguez; Sonia Godoy; Micaela Martinelli; Patricia Fernández; Olga Ambrosio; Noelia Montenegro; Cecilia Cortez; Norma Pereyra; Florencia Peralta; Janet Zapata; Julieta Gonzalez; Ayelen Arroyo; DeolindaTropán; Claudia Arias; Marta Ortiz; Silda Díaz; Mariana Suárez; Alejandra Janko; Natalia Calderaro; Marisa Vedia; María del C Solís; Nélida González; Mayra Bueno; Mónica Outeda; Concepción Arregui; María del C Sinatra; Gregoria Flores; Karen AyelenSposato; Lorena Segura; Norma Carletti; Karen Arenas; Alejandra Ferreira; Ivana Milio; Roxana Ortiz; Olga Jofré; Liliana Olguín; Lily Pereg; PyrhiaSarussi; Desconocida; AnalíaAzzolina; Gisela Villafañe; Dámaris Lucero; Rocio Navarrete; Melody Barrera; Florencia Cataldo; Ema Zapata ; Aldana González; Sheila Ares; Tatiana Guzmán; Dora Hidalgo; Paula Toledo; Florencia Romano. Fuente: Madres de pie
[2]Fuente: Observatorio. A.M. Zambrano, La Casa del Encuentro